Brazalete azul, sí o no. Derechos de la Infancia.

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Seguramente voy con «retraso» escribiendo un post ahora sobre el brazalete azul. Las noticias se suceden a velocidad de vértigo y en casa existe como una dimensión paralela en la que todo va a cámara lenta. Todo es más pesado, torpe y lento. Así que tengo la sensación de ir a destiempo con todo, en fin, sea como sea, aqui va mi post.

Salir a la calle

#MiercolesMudo Salir a la calle en tiempos de pandemia

Justo la semana pasada hablé en el post de los miércoles sobre lo que suponía salir a la calle en tiempos de coronavirus.
En la necesidad de salir fuera por salud para las personas.
La situación de encierro es temporal, es verdad, pero va a suponer seguro consecuencias a nivel psicológico y social que desconocemos totalmente.
Habrá quien lo viva con naturalidad y no le suponga mayores consecuencias, pero habrá también quién lo sufra de manera tal que le comporte consecuencias más graves.

El estado de alarma

El 14 de marzo se decretó el estado de alarma en todo el país, tal y como establece la LO.4/1981 una de las causas por las que se puede decretar es, precisamente, una epidemia.

Y seguimos en estado de alarma, de manera que estamos ante una situación en la que el Gobierno puede:

  • Limitar la circulación o permanencia de personas o vehículos en horas y lugares determinados, o condicionarlas al cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Practicar requisas temporales de todo tipo de bienes e imponer prestaciones personales obligatorias.
  • Intervenir y ocupar transitoriamente industrias, fábricas, talleres, explotaciones o locales de cualquier naturaleza, con excepción de domicilios privados, dando cuenta de ello a los Ministerios interesados.
  • Limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad.
  • Impartir las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centros de producción afectados por el apartado d) del artículo 4.º.

Nuestro derecho a la libre circulación está claramente limitado. No es una privación absoluta, dado que se pueden (y se deben) establecer excepciones para no vulnerar otros derechos fundamentales de las personas, como el de la salud por ejemplo y mantener los servicios básicos para toda la población.

En otros países en situaciones similares han limitado la circulación de personas estableciendo turnos para poder salir a la calle y bajo determinadas condiciones.

Alemania, Francia, Holanda, Bélgica, etc contemplan excepciones en las que los niños y niñas pueden salir a la calle de forma controlada.

Mientras escribo estas líneas, recibo una notificación del Periódico que me informa de que en Italia van a permitir a los niños salir acompañados por un adulto.

Los Derechos de la Infancia

El art.31 de la Convención sobre los Derechos del Niño (de la Infancia) recoge expresamente el derecho al juego, al esparcimiento, al tiempo libre,…

Para proteger el derecho a la salud hemos decretado un estado de alarma, pero ¿hemos tenido en cuenta todas las variables? ¿Hemos valorado correctamente como conjugar el derecho a la salud de la población en general, con los derechos de algunas capas de población concretas, como la infancia?

Ante un conflicto de derechos, debemos ponderar de qué manera mantener el equilibrio entre ambos. Por así decirlo, donde empieza uno y acaba el otro. Y no me parece que lo hayamos hecho.

En España los derechos de la infancia no son tenidos en cuenta en algunas áreas. Por ejemplo en los casos en los que un padre declarado culpable de agresiones hacia su pareja, consigue la custodia compartida. O cuando no tenemos en cuenta los derechos de los bebés a la hora de establecer el sistema de bajas maternales y paternales. O como cuando nos dedicamos a establecer «guarderías» gratuitas de 0 a 3, dejando claro cuál es el papel y la importancia qué le damos a la educación infantil y al desarrollo integral de los bebés.

En este caso, desde mi punto de vista, no se han tenido en absoluto en cuenta los derechos de los niños. No ha habido ponderación de ningún tipo. Simplemente ignorados.

Infancia con discapacidad

Desde el movimiento social del autismo se han conseguido modificar los términos en los que se decretó el estado de alarma incialmente.

A través de la instrucción publicada el día 19, solo cinco días después del decreto inicial, se consigue introducir el permiso para salir a la calle de las personas con alteraciones conductuales como el trastorno del espectro del autismo.

En ningún momento habla de que solo sea para menores de edad. Incluye a las personas adultas. Pero el movimiento social de las familias de niños con TEA es muy potente actualmente. Y eclipsa, a mi modo de ver, todo lo demás. ¿Soy yo o parece que pensemos o que hablemos solo de los niños autistas?

Las redes sociales son, en parte, la causa de esa generalización. La velocidad en la que se comparten cosas, la viralización de las noticias, que hace que se propaguen de forma rápida sin pararnos a pensar demasiado.

Está claro que se ha establecido el derecho a salir a la calle de las personas con discapaciad. Para las que el confinamiento puede suponer un agravamiento de su situación. Acompañadas por otra persona si lo necesitan y con un informe médico en la mano que justifique esa necesidad.

Hemos tenido en cuenta, en este caso, los derechos de algunas personas con discapacidad, pero no así de la infancia en general.

Policía de balcón

Pero este derecho, que sabemos que existe, que se ha establecido claramente, poco le importa a la policía de balcón que ha aparecido en todos los barrios.

Aparecen animados y legitimados por toda la campaña que se ha hecho en redes sociales apelando a nuestra responsabilidad para quedarnos en casa. El #yomequedoencasa va dirigido especialmente a ese sentido de la rectitud y la moralidad que nos conmina a respetar las normas por el bien de todos.

Nos sentimos con capacidad suficiente y con potestad para juzgar y sentenciar a nuestros vecinos que salen a la calle. En esta manera perversa y egoista que tenemos a veces las personas de reflexionar sobre las cosas, consideramos que tenemos el derecho a increpar a quién se salte la norma.

Si yo me quedo en casa, soy «el bueno». Si tú sales a la calle, eres «el malo». Así de sencillo. Y volvemos a la inevitable dicotomía que nos caracteriza como humanidad.

No tenemos derecho a hacerlo y se podría considerar acoso la actitud de una persona que dedica su jornada diaria a estar en su balcón increpando a todo aquel que ve por la calle.

Insultar a una persona por la calle es perseguible. Tirarle lejía por el balcón también. Son delitos. Ahora y sin estado de alarma.

Brazaletes azules

Y entonces se nos ocurre la solución. Vamos a ponerles a los niños autistas un brazalete azul para que no los insulten cuando salgan a la calle.

Creo que es una medida que estigmatiza. Yo misma no tengo ningún problema en explicar que mi hijo es autista. Pero una cosa es comentarlo en medio de una conversación informal con otras personas, incluso tener un blog sobre autismo y lactancia, y otra es ponerle un distintivo que, entre otras cosas, es una vulneración a su derecho a la intimidad.

Desde mi punto de vista no es lo mismo. En este caso, de todas maneras, es cuestión de opiniones.

Personalmente, no me gusta la idea de poner un brazalete azul en el brazo a mi hijo. De momento por suerte, o por desgracia, no lo sé, no necesitamos salir a la calle. De momento aguantamos.

Si tuvieramos que salir con él, tendría un problema de dimensiones estratosféricas. Como le justifico a mi hija que ella no puede salir y él si. ¿Le tengo que decir que porque su hermano tiene un papel que dice Trastorno del Espectro Autista?

Opción u obligación

Aqui hay que diferenciar varias cosas.

Por un lado, cuando hablamos de derechos nos tenemos que remitir a la normativa existente, tanto a nivel estatal como internacional. Podemos analizar si las actuales soluciones legislativas son las más adecuadas o no.

Y por otro, cuando hablamos de medidas como el brazalete azul, nos remitimos a la opinión y a la elección de las personas.

No se puede discutir que a día de hoy los adultos con TEA u otras discpacidades conductuales pueden salir a la calle.

Podemos discutir, remitiendonos a la normativa existente, si es adecuada no la medida de la prohibición de salir a toda la infancia de este país.

Y podemos debatir, sin enfrentamientos absurdos, si nos parece que la solución del brazalete azul va a servir para solucionar el problema o no.

Para mi, no es una solución. Pero para ti tal vez lo sea. No hay obligación de usar el brazalete azul. Haz lo que quieras, ponle a tu hijo un brazalete azul o no se lo pongas.

Lo que no puedes hacer es juzgar a quienes salen a la calle, con o sin brazalete, porque a menos que seas polícia no tienes capacidad ni obligación de velar porque las personas respeten el confinamiento.

Y por supuesto, insultar a las personas, echarles lejías, piedras o lo que sea, es un DELITO.

Legislación y referencias

ONU: Asamblea General, Convención sobre los Derechos del Niño, 20 Noviembre 1989, United Nations, Treaty Series, vol. 1577, p. 3, disponible en esta dirección: https://www.refworld.org.es/docid/50ac92492.html [Recuperado el 31 Marzo 2020]

Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio. Recuperado de: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo4-1981.html

Instrucción de 19 de marzo de 2020, del Ministerio de Sanidad, por la que se establecen criterios interpretativos para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Recuperado de: https://www.boe.es/eli/es/ins/2020/03/19/(1)

Martinez, A. (25 de marzo de 2020) «Los niños necesitan salir a la calle por salud así que tenemos que ser capaces de elaborar otras medidas porque esto se va a prolongar más de un mes». Diario ABC. Recuperado de: https://www.abc.es/familia/padres-hijos/abci-coronavirus-ninos-necesitan-salir-calle-salud-tenemos-capaces-elaborar-otras-medidas-porque-esto-prolongar-mas-202003250150_noticia.html

Efe (31 de marzo de 2020) Italia permite a los niños dar un paseo acompañados de un progenitor y cerca de casa. El Periodico. Recuperado de: https://www.elperiodico.com/es/sociedad/20200331/italia-salir-ninos-calle-padres-7912708

Rius, M. (10 de octubre de 2018) El derecho perdido al juego. La Vanguardia. Recuperado de: https://www.lavanguardia.com/vivo/mamas-y-papas/20181010/452281790289/derecho-ninos-juego-onu.html

Una respuesta a «Brazalete azul, sí o no. Derechos de la Infancia.»

  1. […] Todas nuestras verguenzas al descubierto ante la aparición de los polícias de balcón. […]

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